Oficialmente, según el Gobierno peruano, a través del MINSA (Ministerio de Salud), si el corazón de una persona deja de latir, ella ya no puede donar sus órganos.
Leemos: “[al] llegar el paro cardiaco definitivo [significa la] perdida de una oportunidad de donación”.
Fuente: §5 del documento: “La muerte encefálica es el principal requisito para la donación de órganos”
En otras palabras, la persona tiene que estar viva para poder donar sus órganos.
Es decir, la muerte encefálica solo es un truco legal del sistema sanitario para declarar muerto a una persona que en realidad está viva con el fin de poder extirparle sus órganos.
Leemos: “[cuando el] cerebro no presenta ninguna actividad ... la personal está [por lo tanto declarada] muerta”.
Fuente: §3 del documento: “La muerte encefálica es el principal requisito para la donación de órganos”
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